Soluciones para cumplir con la NOM-036-1-STPS-2018

Tecnoco, presente en México desde màs de 30 años, es el principal proveedor de la industria mexicana en equipos de manipulación ergonómica de cargas.

Las más grandes empresas multinacionales ubicadas en México trabajan con nosotros desde hace muchos años por:

  • Calidad de nuestros equipos
  • Calidad de nuestra ingeniería
  • Calidad de nuestro servicio post-venta

Nuestra amplia experiencia nos permite proponer a nuestros clientes soluciones tecnológicas para el manejo ergonómico de cargas permitiendo cumplir con la norma NOM-036-1-STPS-2018.

La Norma Oficial Mexicana NOM-036-1-STPS-2018, tiene como objetivo la identificación, análisis, prevención y control de los factores de riesgo ergonómico derivados de la manipulación manual de cargas.

 

La NOM-036-1-STPS-2018 rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo donde existan trabajadores cuya actividad implique realizar manejo manual de cargas (mayores a 3kg) de forma cotidiana (más de una vez al día).

La aplicación de la NOM-036-1-STPS-2018 es totalmente efectiva desde el 31 de marzo de 2024

Evita la imposición de multas. Conforme a lo dispuesto por el artículo 994, fracción IV, se impondrá multa, por el equivalente de 250 a 5000 veces el salario mínimo general, al patrón que no observe en la instalación de sus establecimientos las normas de seguridad e higiene o las medidas que fijen las Leyes para prevenir los riesgos de trabajo.
El monto es:

Monto mínimo $80.60 x 250 = $20,150
Monto máximo $80.60 x 5000 = $403,000

Habrá que tener en cuenta que el artículo 992 prevé que las violaciones a las normas de trabajo cometidas por los patrones o por los trabajadores, se sancionarán de conformidad con las disposiciones de este Título, independientemente de la responsabilidad que les corresponda por el incumplimiento de sus obligaciones, sin perjuicio de las sanciones previstas en otros ordenamientos legales y de las consecuencias jurídicas que procedan en materia de bienes y servicios concesionados. La cuantificación de las sanciones pecuniarias que en el presente Título se establecen, se hará tomando como base de cálculo la cuota diaria de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, al momento de cometerse la violación. Para la imposición de las sanciones, se tomará en cuenta lo siguiente:
  1. El carácter intencional o no de la acción u omisión constitutiva de la infracción;
  2. La gravedad de la infracción;
  3. Los daños que se hubieren producido o puedan producirse;
  4. La capacidad económica del infractor; y
  5. La reincidencia del infractor.
En todos los casos de reincidencia se duplicará la multa impuesta por la infracción anterior. Se entiende por reincidencia, para los efectos de esta Ley y demás disposiciones derivadas de ella, cada una de las subsecuentes infracciones a un mismo precepto, cometidas dentro de los dos años siguientes a la fecha del acta en que se hizo constar la infracción precedente, siempre que ésta no hubiese sido desvirtuada. Además, cuando en un solo acto u omisión se afecten a varios trabajadores, se impondrá sanción por cada uno de los trabajadores afectados. Si con un solo acto u omisión se incurre en diversas infracciones, se aplicarán las sanciones que correspondan a cada una de ellas, de manera independiente. Cuando la multa se aplique a un trabajador, ésta no podrá exceder al importe señalado en el artículo 21 Constitucional. De forma particular, habrá que tener en cuenta que el Reglamento Federal de Seguridad y salud en el Trabajo señala que la falta de los documentos se sancionará de la siguiente forma:
ObligaciónSanción
Salario Mínimo
(unidad de medida)
$80.60
Artículo 42. Respecto de los Factores de Riesgo Ergonómico del Centro de Trabajo, los patrones deberán:
I Contar con un análisis de los Factores de Riesgo Ergonómico de los puestos de trabajo expuestos a los mismos;De $4,030 a $8,060
II Adoptar medidas preventivas para mitigar los Factores de Riesgo Ergonómico en sus instalaciones, maquinaria, equipo o herramientas del Centro de Trabajo;De $20,150 a $ 403,000
III Practicar exámenes médicos al Personal Ocupacionalmente Expuesto;;De $4,030 a $241,800
IV. Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los Factores de Riesgo Ergonómico; De $20,150 a $ 403,000
V. Capacitar al Personal Ocupacionalmente Expuesto sobre las prácticas de trabajo seguras, yDe $20,150 a $ 403,000
VI Llevar los registros sobre las medidas preventivas adoptadas y los exámenes médicos practicados.De $4,030 a $161,200

Para cumplir la NOM-036-1-STPS-2018, las empresas tienen que :

  • Identificar factores de riesgo
  • Adoptar medidas de prevención necesarias
  • Controlar la salud de sus trabajadores
  • Capacitar a sus trabajadores

Encontrará a continuación una breve presentación de equipos susceptibles de ayudarlo a implementar las medidas de prevención mencionadas en la NOM-036-1-STPS-2018

Manipuladores por vacío

Levantar o manipular cargas manualmente ejerce una gran presión en la espalda, hombros y brazos, esto puede generar lesiones y menor eficiencia y por consiguiente el incumplimiento de la NOM-036-1-STPS-2018, es por esto que les presentamos los siguientes equipos que utilizan la tecnología de vacío para agarrar y sostener la carga, haciendo que la manipulación sea fácil y con condiciones más seguras para sus empleados.

Elevadoresporvacio
Manipulación por ventosas de sacos
Elevador de cajas
Manipulación por ventosas de cajas
Manipulador por vacío
Manipulación por ventosas de paneles

Carretillas eléctricas

Las carretillas eléctricas que tenemos disponibles en Tecnoco, reducen el riesgo de lesiones y enfermedades profesionales contempladas en la NOM-036-1-STPS-2018, ya que facilitan la manipulación de cargas pesadas de una forma sencilla para cualquier persona.

Carretilla eléctrica para bobinas
Volteador de bobinas WEP
Carretilla eléctrica para bobinas grandes
Manipulador de bidones
Carretilla eléctrica para tambos
Vehículo eléctrico JACK Master
Carretilla eléctrica con conductor y remolque

Remolcadores eléctricos

Dado que la NOM-036-1-STPS-2018 se aplica en el manejo manual de cargas mayores a 3kg de forma cotidiana, en Tecnoco tenemos remolcadores eléctricos que facilitan el manejo de cargas de hasta 15 000 kg. Este tipo de equipos cuentan con diferentes opciones de herramientas como ganchos y lastres que permiten adaptarlo para múltiples cargas además de un manejo sencillo para el operador.

Remolcador eléctrico para cargas de hasta 1,500kg
Remolcador_Electrico_M4
Remolcador eléctrico hasta 3000kg
Remolcador_Electrico_M4
Remolcador eléctrico hasta 6000kg
ZL_Remolcador_Electrico_Gancho_P002
Remolcador eléctrico con gancho

Dispensador de tarimas

Para facilitar el manejo de tarimas tenemos un modelo automático, el cual detecta la carga de descarga de una tarima y levanta automáticamente la pila de tarimas para permitir una operación eficiente y segura.

dispensador de tarimas
Dispensador de tarimas

Intercambiador de tarimas

Este equipo intercambiador de tarimas es un equipo muy versátil y permite intercambiar de tarima o palet girando la carga de manera muy rápida y segura.

Cambiador de tarimas - Toppy Pharma Advance
Intercambiador de tarimas

Surtidor móvil

Este surtidor móvil permite elevar y manipular cargas de hasta 80kg. Su altura se puede ajustar electrónicamentey se puede usar con cualquier carretilla elevadora.

Surtidor móvil
Surtidor móvil

Mesa elevadora

Esta mesa elevadora permite el acceso desde los cuatro lados y con una rampa de bajo perfil opcional permite cargar o descargar con una carretilla o un transpaleta.

Mesa elevadora de bajo perfil
Mesa elevadora

El cumplimiento de la NOM-036-1-STPS-2018 no tiene por qué ser un problema en su empresa, todos nuestros equipos aquí listados tienen el objetivo de prevenir y controlar los factores de riesgo ergonómicos así como la eficiencia de operaciones.

Contáctenos y juntos encontraremos la solución que mejor se adapte para un trabajo de manipulación de cargas óptimo.